Alemania ha abordado una nueva ley que establece la obligación para las empresas de llevar a cabo un proceso de due diligence en sus cadenas de suministro. Es decir, se trata de que las empresas supervisen y vigilen para que en estas cadenas de suministro, a través de las cuales las empresas se proveen de bienes y servicios intermedios, y que pueden extenderse por numerosos países, no se produzcan violaciones de los derechos humanos (como trabajo forzoso, trabajo infantil, condiciones laborales precarias) o del medio ambiente.
Previsiblemente, normas de este tipo se extenderán a otros países. De hecho, ya hay peticiones para que se establezca una regulación a nivel europeo, que vincule a los países de la UE.
El tema se ha puesto recientemente de actualidad con motivo de las denuncias sobre trabajo forzoso y abusos de derechos humanos en Xinjiang, en China, en particular en relación con la producción de algodón para la industria textil, en un contexto general de denuncia de la política china en esta región.
Varias empresas han tenido que afrontar una difícil situación. Por un lado, se enfrentan a la presión en sus países de origen, y en otros países occidentales, para que no empleen algodón que, según esas denuncias, es producido en unas condiciones laborales que violan los derechos humanos. Por otro lado, China ha respondido con la dureza y contundencia que le caracteriza desde hace algún tiempo, impulsando un boicot contra las marcas (como H&M o Nike) que se han atrevido a declarar que no utilizan algodón de Xinjiang.
Los problemas de ética en los negocios internacionales, que ponen en conflicto los principios éticos con los intereses empresariales, no son ni mucho menos nuevos. La corrupción en los contratos internacionales es una lacra bien conocida, que existe desde hace mucho tiempo, y contra la cual se viene luchando tanto a nivel de los países como a nivel multilateral (sobre todo en la OCDE).
En el futuro se va a reforzar esta tendencia hacia mayores exigencias a las empresas para que controlen que no se cometen abusos laborales o medioambientales en sus cadenas de suministro.
La nueva legislación alemana prevé sanciones que pueden llegar a ser fuertes, en forma de multas y exclusión de la contratación pública, para aquellas empresas que no cumplan con las obligaciones de due diligence.
La necesidad de respaldar a las empresas
Pero, aparte de normas, declaraciones, protestas, y sanciones, es necesario que las empresas cuenten con un marco que favorezca su cumplimiento de estas obligaciones. Hay dos elementos que son clave en este marco:
- Las empresas deben ser defendidas y respaldadas, bien sea por sus gobiernos o por instituciones supranacionales como la UE. Si una empresa, como ha sucedido en China, es represaliada porque adopta procedimientos para garantizar que en sus suministros en un país se respetan los derechos humanos, es preciso responder, con sanciones económicas en primer lugar. Los gobiernos de los países en los que se violen los derechos humanos deben ser conscientes de que si toman medidas contra empresas, se van a enfrentar a una respuesta.
El tema no es sencillo. En estas cuestiones, como en muchas otras, se tropieza con la desventaja que supone la “asimetría” en las condiciones en las que actúan los poderes públicos en los países democráticos y en los autoritarios. En los países democráticos los gobiernos están sometidos a las leyes, los procedimientos. El poder judicial es independiente. En los países autoritarios, como China, los gobiernos actúan sin estas cortapisas. No hay independencia del poder judicial, y los tribunales hacen lo que les ordenan las autoridades.
Pero, al igual que existen mecanismos para adoptar medidas antidumping, por poner un ejemplo concreto, se deben instrumentar procedimientos para responder a actuaciones abusivas de gobiernos autoritarios.
Las empresas, en suma, tienen que sentir que cuentan con una protección, un respaldo para cumplir sus obligaciones.
- En segundo lugar, debe haber una unidad, una armonización de políticas en los países democráticos. En el caso de Alemania ya ha habido protestas desde sectores empresariales, que apuntan a que con la nueva legislación las empresas alemanas van a estar en desventaja frente a empresas competidoras de otros países que no están sometidas a los mismos requisitos.
Por ello hay que plantear el establecimiento a nivel europeo de una normativa. Esta normativa debería definir las líneas básicas del código de conducta que las empresas, de un cierto tamaño, deberían adoptar sobre los procedimientos de control en sus cadenas de suministros, para que en éstas se respeten los derechos humanos, laborales, y medioambientales.
Y quizás será conveniente llevar el tema a la Organización Mundial de Comercio (ahora que parece que esta organización puede salir de su letargo…).
La adopción de una política común tampoco va a ser sencilla. La Unión Europea ya da muestras de sus dificultades para adoptar una política común en numerosos temas. La ausencia de una política común hacia China es un ejemplo, y muy relevante a los efectos del tema que nos ocupa. Pero, si no se puede llegar a una política común de la UE, porque algunos países lo rechazan, cabe explorar algún tipo de cooperación reforzada. Si las grandes economías europeas (Alemania, Francia, Italia, España, Países Bajos, etc.), se ponen de acuerdo en unas normas comunes, se habrá logrado un gran avance.